domingo, 11 de diciembre de 2016

Circular que orienta los procedimientos administrativos de instituciones Públicas, Privadas, Municipales o Estadales.
DESCARGAR CIRCULAR
http://www.me.gob.ve/images/PDF/CIRCULAR-Circuitos-Educativos.pdf

http://me.gob.ve/Descargas/PDF/2122016_4767.pdf


viernes, 25 de noviembre de 2016

Orientaciones Para que los Directores Carguen Matricula y Notas Definitivas en el Sistema de Gestión Escolar.

1. Las secciones disponibles para matricular son 4to, 5to, 6to año.

2. Todas las secciones creadas o modificadas con el plan de estudio 31057 fueron modificadas a su estado original, es decir, de 1er año a 3er año Plan de Estudio 32011 y 4to, 5to para Plan de Estudio 31018, en el caso de las escuelas técnicas no hubo alteración ya que permanecían con su mismo plan de estudio.

3. La matriculación ya lograda, se mantiene, es decir, no se perdió la matricula ya inscrita (cargada).


QUE DEBE HACER EL DIRECTOR

1. Si solo había cargado 5to Año o 6to Año, no debe modificar nada. Solo entrar a la matricula 2016-2017, ubicarse en la sección de 5to Año o 6to Año, debe seleccionar Actualizar Asignatura.

2. Debe asignar por lo menos un Docente, cierra el proceso de asignar docente y si ya había matriculado, no hace mas nada en ese modulo.


3. En el caso de que aun no hayan cargado matricula deben Actualizar Asignatura, asignar por lo menos un Docente, cierra el proceso de asignar docente y realiza la carga en inscripción inicial.

4. Una vez cargado todos los estudiantes 5to Año o 6to Año, Procederán a Cargar las Notas obtenidas de 1er año hasta 4to año, para poder ser 
suministradas a OPSU para efecto del SNI.


Nota:
Solo pueden Matricular los planteles que gradúan y en las secciones de 4to, 5to y 6to Año. Es el Único nivel que puede cargar Matricula y Notas en las Secciones.

En el caso de planteles privados que no se sumaron a la transformación Curricular y  tienen matricula de 5to Año Cargada, se van directo a cargar notas definitivas de nuestros estudiantes que egresan en el periodo 2016-2017 para que las carguen.

El acceso a los demás grados está totalmente restringido.

miércoles, 2 de noviembre de 2016

Circular que norma la promoción al grado inmediato superior en educación media con un máximo de dos asignaturas pendientes.
 circular 006696

Circular que norma las evaluaciones de revisión de las asignaturas eminentemente prácticas, entr ellas educación para el trabajo. 
circular 006697
La circular que norma la aplicación de las actividades de superación para los estudiantes que resultan aplazados durante una evaluación, circular000004
La circular que norma la aplicación de las pruebas de materia pendiente (4 momentos) para aquellos estudiantes que están bajo esta condición.
circular_0007.pdf

lunes, 31 de octubre de 2016

Asunto: Transferencia de Estudios.
descargar circular n° 04
En el marco de las orientaciones emanadas por el Ministerio del Poder Popular para la Educación (MPPE) para el registro de matricula correspondiente al período 2016 - 2017, inicia el Proceso en el Sistema de Gestión Escolar Guaicaipuro y anexo a continuación un Instructivo con las orientaciones para llevar sin inconvenientes dicho proceso.
     Cabe destacar  que el Instructivo incluye las instrucciones necesarias para incorporar el Plan de Estudios 31057 Educación Media General a los Planteles de Dependencia Nacional que inician el PROCESO DE TRANSFORMACIÓN CURRICULAR 
     Recuerde seguir las instrucciones paso a paso para no tener mayores dificultades para la Matrícula 2016 - 2017
     En caso de tener mayores dudas, dirijase o comuniquese con la Coordinación del Sistema de Gestión Escolar de su Zona Educativa

jueves, 27 de octubre de 2016

A continuación se anexa Memorando Circular emitido por Director General de Registro y Control y Académico relacionado con el procedimiento que permite corregir a los directores y directoras, errores en el contenido de los títulos cuando existan errores en él, a partir del período escolar 2015 - 2016 . (02 de Agosto del 2016)

Se puede bajar aquí: Memorando-Circular

miércoles, 26 de octubre de 2016

Gaceta Oficial No. 40723 de la República Bolivariana de Venezuela.


Caracas, 13 de Agosto del 2015

Resolución 063 del 24/07/2015.: Se suprime el trámite administrativo de legalización de los documentos probatorios de estudios ante el Ministerio del Poder Popular para la Educación

La Resolución 063 publicada en gaceta oficial elimina el trámite de legalización ante el Ministerio del Poder Popular para la Educación:

Artículo 1: Se suprime el trámite administrativo de legalización de los documentos probatorios de estudios del Ministerio del Poder Popular para la Educación.
ORIENTACIONES 
¿A cuáles documentos aplica la resolución?
A todos los documentos probatorios de estudios: Constancias de Promoción, Certificado de Educación Primaria, Certificación de Calificaciones,Títulos y Copia Certificada de Registro de Título.


¿Qué debe hacer el/la ciudadano(a) que necesita documentos probatorios de estudios para llevárselos al exterior?
Debe solicitar los documentos probatorios de estudios en el plantel y luego llevarlos previa cita al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores o para los Registros Principales del estado, para el proceso de Apostille. Si el plantel está cerrado. deben ser solicitados en la Zona Educativa. 

Nota: En esta etapa de transición y mientras que los Registros Principales y el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores tengan acceso a la información digital para poder verificar los documentos probatorios de estudios, el/la ciudadano(a) debe acudir antes del Apostille por la Zona Educativa para el proceso de validación correspondiente.


¿Qué debe hacer el/la ciudadano(a) que necesita documentos probatorios de estudios para llevárselos a cualquier universidad del país?
Debe solicitar los documentos probatorios de estudios en el plantel y llevárselos directamente a la Universidad sin otro documento adicional. Si el plantel está cerrado el/la ciudadano(a) debe solicitarlos en la Zona Educativa.


De los documentos probatorios de estudios recibidos por las universidades del país: 
Las universidades del país próximamente tendrán acceso al Sistema Gestión Escolar donde podrán verificar y consultar las calificaciones y los títulos de los que han sido registrados en el sistema. Mientras esta funcionalidad es activada, las coordinaciones de ingreso de cada una de universidades, podrán enviar de manera física o digital las copias de los títulos a la División de Registro, Control y Evaluación de Estudios de la Zona Educativa para que se realice el proceso de verificación correspondiente.

LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES 
Resolución 058
Consejos Educativos
http://trosell.ucoz.net/_ld/0/78_Resolucion-058.pdf

Asunto: Equivalencia de Estudios.

twitter

Circulares, Resoluciones y Orientaciones

jgcamacaro. Con tecnología de Blogger.

Social Icons

facebook tweeter google

Followers

Archivo

Buscar

Video

Popular Posts